El Certificado Energético, preguntas y respuestas 1


¿Qué es el Certificado Energético de las Viviendas?

El Certificado Energético es un documento requerido por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo para todas las viviendas que vayan a ser alquiladas o compradas por otra persona.

El Real Decreto 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los edificios, entró en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado nº 89 (13/04/2013), siendo voluntaria su aplicación hasta el 1 de junio de dicho año.

A partir de ese momento, la presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio, según corresponda, es exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir de dicha fecha.

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¿Debe aparecer en los anuncios de venta o alquiler de las viviendas? 

Sí, debe aparecer. La etiqueta se tiene que incluir en la oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. Deberá figurar siempre en la etiqueta, de forma clara e inequívoca, si se refiere al certificado de eficiencia energética del proyecto o al del edificio terminado.

 

EtiquetaEdificioExistente_tipo2¿Qué contiene esta etiqueta?

La etiqueta energética es un documento donde se detalla la calificación que ha obtenido la vivienda. Este dato emplea una escala de letras que van desde la A, siendo la más elevada, hasta la G, que es la más baja de todas. Además, viene acompañada de una serie de colores que permite definir cuál es la más energética.

También incluye información sobre la cantidad de dióxido de carbono que se puede emitir e incluso facilita datos sobre el consumo anual de energía.

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Para entender mejor cómo funciona esta etiqueta, desglosamos sus calificaciones:

• La LETRA A, es la que representa la mayor eficiencia energética.

• La LETRA B, sigue manteniendo la eficiencia.

• La LETRA C, no es tan energética como las anteriores.

• La LETRA D, representa una eficiencia normal.

• La LETRA E, el inmueble cuenta con muy poca eficiencia energética.

• La LETRA F, es uno de los últimos escalones de la lista.

• La LETRA G, representa una vivienda que no cuenta con ningún tipo de eficiencia energética.

Algunos parámetros que sirven para fijar la calificación son: Aislamiento (paredes, techos, suelos, ventanas, balcones, etc.), orientación, sistemas de generación de energía y combustible que utilizan, instalación de agua caliente sanitaria, sistemas lumínicos, tipo de cocina, etc.

Cabe remarcar que es una normativa europea, y en zonas como Jerez, las viviendas no necesitan un aislamiento extraordinario, ya que no es comparable un inmueble de Oslo con un piso en esta ciudad del sur. Por ello, y aunque siempre hay excepciones, el Certificado suelen situarse entre la D y la F.

 

¿Quién puede realizar este certificado energético? 

Tiene que ser realizado por un técnico autorizado, que disponga de la formación adecuada para ello y pudiendo ser ingenieros, arquitectos o técnicos especializados.

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¿Debe registrarse oficialmente? ¿Cuál es el proceso en Andalucía?

El documento reconocido tendrá que inscribirse en el correspondiente registro de cada región y tiene una duración de diez años desde el momento en el que se emite. El propietario será el responsable de renovarlo y actualizarlo voluntariamente.

En Andalucía,  la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo ha habilitado el Registro Andaluz de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios y de Industrias, desde donde se emite la etiqueta de eficiencia energética para edificios existentes, incorporando los datos facilitados por el certificador.

El depósito del certificado energético se puede hacer por dos vías. La primera opción es realizarla personalmente en la Delegación Provincial de Innovación de cada una de las provincias andaluzas, en el caso de las viviendas de Jerez, hay que acudir a la delegación territorial, que se encuentra en la plaza Asdrúbal, nº 6 de Cádiz. Y la segunda opción es realizarla telemáticamente.

Cabe resaltar que para el caso de Sevilla, Córdoba, Jaén, Huelva, Granada, Almería, Málaga y Cádiz, el registro de la certificación energética no supone ningún coste adicional, ya que este trámite no tiene tasas impuestas.

 

¿Cuánto cuesta el certificado?

Depende de cada provincia y del profesional, pero en Jerez los precios rondan los 100 euros para pisos y casas de hasta 120 metros cuadrados.

En Fonkal Inmobiliaria facilitamos a los vendedores el proceso de la adquisición del certificado, ofreciendo un servicio integral para el propietario del inmueble en Jerez, al tramitar, con técnicos especializados, dicho documento de la vivienda.

 

¿Cuándo no se requiere el Certificado de Eficiencia Energética?

Hay ciertos casos en los que no se requiere de este documento:

• Edificios religiosos y monumentos históricos.

• Viviendas que no vayan a alquilarse durante más de 16 semanas al año.

• Aquellos edificios empleados para aspectos industriales o agrícolas.

• Inmuebles que hayan sido demolidos o destruidos o que vayan a ser una construcción provisional.

• Los pisos que dispongan de menos de 50 metros cuadrados.

 


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