Cláusula suelo: El Supremo permite que se reclame aunque el contrato termine

El Tribuna Supremo se pronuncia de nuevo sobre la cláusula suelo.

El Tribunal Supremo se ha vuelto a pronunciar sobre la cláusula suelo. Ha avalado que la extinción de un préstamo no impide que el prestatario presente una demanda para que se le devuelva el importe indebidamente cobrado por cláusulas suelo abusivas.
 
Estima así el recurso presentado por la titular de un préstamo hipotecario, contra el fallo de la Audiencia Provincial de Badajoz.
 
Los titulares del préstamo suscribieron en 2007 un crédito hipotecario de 90.000 a devolver en treinta años. Las demás condiciones eran que durante un periodo inicial de seis meses solo se satisfarían intereses, con un interés anual del 4,564 hasta enero de 2008. A partir de entonces se calcularía con el euríbor a un año más un 0,50 %.
 
El contrato incluía una cláusula suelo mínima del 4,5 %. Los clientes pidieron a la entidad financiera que la retirara después de que el Supremo se pronunciara en 2013 sobre dichas cláusulas abusivas. «Petición que fue ignorada», según recoge la agencia EFE.
 
El 4 de diciembre de 2015 los demandantes vendieron el inmueble, pero no fue hasta el 31 de diciembre de ese mes –18 meses después de solicitar la retirada de dicha cláusula– que la entidad financiera les comunicó que archivaba la reclamación.
 
Los demandantes procedieron entonces a «reclamar las cantidades indebidamente pagadas» por la aplicación de la cláusula abusiva, y tras pasar por primera instancia y por la Audiencia Provincial de Badajoz, el Supremo les ha dado la razón.
 

Fallo sobre la cláusula suelo

No hay fundamento legal, señala el fallo de la Sala de lo civil, adoptado en Pleno, para afirmar que la consumación de un contrato impida el ejercicio de la acción de nulidad.
 
Recuerda la sentencia que el Código Civil fija el momento de consumación del contrato como término inicial del plazo para ejercitar la acción de nulidad por error, dolo o falsedad de la causa, es decir, para reclamar.
 
Y lo mismo se puede aplicar en caso de que venza el préstamo, añade al Supremo.
 
Por todo ello, declara nula la sentencia del juzgado extremeño y le insta a dictar una nueva sentencia.
 
Desde la asociación de consumidores Asufin valoran el fallo del Supremo, que coincide con los postulados que defienden en los tribunales «desde hace mucho tiempo», señala su presidenta, Patricia Suárez.
 
Los afectados por cláusulas abusivas pueden reclamar y recuperar el dinero pagado de más por una cláusula suelo o una multidivisa, aunque hayan vendido la casa o la hayan perdido en una ejecución hipotecaria, destaca Suárez.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*