El próximo 21 de diciembre será un día clave para los hipotecados afectados por las cláusulas suelo, puesto que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hará pública su sentencia.
Como bien recoge Idealista, la incógnita está en si se pondrá de parte de los hipotecados dictaminando la retroactividad total de las cláusulas suelo o si dará la razón a los bancos, tal y como hizo el abogado general del TJUE.
Este tribunal debe decidir sobre si la banca tiene que devolver el dinero cobrado de más por las cláusulas suelo desde la firma del contrato hipotecario (con carácter retroactivo) o no. Los abogados defensores esperan que el fallo del tribunal sea favorable para los afectados.
Sin embargo, el dictamen preliminar del abogado general del TJUE es contrario a aplicar la retroactividad total, unas conclusiones que no son definitivas, ya que la función del abogado general consiste en proponer al Tribunal de Justicia, con absoluta independencia, una solución jurídica al asunto del que se ocupa.
Como se publicó en Expansión, el dictamen preliminar del abogado general, Paolo Mengozzi, asegura que las entidades no tendrán que devolver a los clientes todo lo cobrado de más por las cláusulas suelo abusivas de sus contratos hipotecarios, sino sólo desde el 9 de mayo de 2013, como dicta la sentencia del Tribunal Supremo de ese mismo día.
Mediante su sentencia de 9 de mayo de 2013, el Tribunal Supremo consideró abusivas las cláusulas suelo, ya que los consumidores no habían sido adecuadamente informados acerca de la carga económica y jurídica que les imponían esas cláusulas. No obstante, el Tribunal Supremo decidió limitar los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad de esas cláusulas, de modo que sólo produjera efectos de cara al futuro, a partir de la fecha en que se dictó la citada sentencia.
Carmen Giménez, abogado titular de G&G Abogados, asegura en una información publicada por Idealista que este argumento es más económico que jurídico y que «no se puede mantener en un momento en el que la banca ha superado los test de estrés con creces. Queda la esperanza de que los componentes del TJUE se limiten a aplicar la Ley vigente».
La decisión de Paolo Mengozzi contrasta con el informe de la Comisión Europea (CE) que elaboró el pasado mes de octubre de 2015 a cargo del TJUE para conocer su opinión. Y la CE defendió la retroactividad total de las cláusulas suelo declaradas nulas en sentencia judicial si hubo mala praxis en su comercialización.
Por su parte, la OCU espera que los jueces que forman el tribunal dejen de lado los argumentos políticos y económicos y “se limiten exclusivamente a aplicar la ley, la cual establece claramente que la nulidad de una cláusula implica dejar sin efectos la misma como si nunca hubiera existido, lo que supondría restituir las prestaciones al momento inicial”.
Informes no vinculantes
El TJUE suele seguir la línea de los dictámenes de los abogados generales -que no son vinculantes- en un 67% de los casos, según un estudio realizado por la Universidad de Cambridge, Inglaterra, y publicado en Confilegal.
En “un análisis econométrico de la influencia del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”, publicado en enero de 2016 por Carlos Arrebola, Ana Julia Mauricio y Héctor Jiménez Portilla, se dice que en el 67% de los asuntos “es más probable que se anule un acto (o parte) si el abogado general aconseja al tribunal que lo desestime o que lo declare inadmisible”.
Fue el magistrado del Juzgado de lo Mercantil 1 de Granada, Rafael Leonés Valverde, el que planteó ante el TJUE la cuestión prejudicial, preguntando si la limitación de los efectos retroactivos de la nulidad de la cláusula suelo establecida por el Tribunal Supremo era compatible con el derecho comunitario.