Europa falla a favor de la retroactividad de las cláusulas suelo


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado hoy miércoles que los bancos deben devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes afectados por la existencia de cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios, al haber rechazado que se pueda aplicar una retroactividad limitada en el tiempo por ser «incompleta e insuficiente».

La justicia europea dice que esta limitación es contraria a la normativa comunitaria y, por tanto, las entidades financieras deben finalmente reintegrar a los afectados por las cláusulas suelo la totalidad del importe que se ha cobrado de más, desde el inicio de cada contrato hipotecario, y no a únicamente a partir del 9 de mayo de 2013, como determinó el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo consideró como abusivas estas cláusulas, al entender que los consumidores no habían sido informados de la carga económica y jurídica que se les imponía, pero fijó en la fecha de la sentencia, el 9 de mayo de 2013, la retroactividad máxima para que su nulidad sólo tuviera efectos de cara a futuro.

Foto de un grupo de personas protesta contra las ‘cláusulas suelo’, en Jaén. De Manuel Cuevas, publicada en El Mundo.

Las cláusulas suelo son aquellas que fijaban un tope mínimo de intereses que los clientes de contratos hipotecarios debían pagar. Estas cláusulas han impedido a los afectados beneficiarse de la caída del Euríbor, principal índice de referencia para la mayoría de las hipotecas en España.

El tribunal considera que la legislación europea se opone a una jurisprudencia nacional según la cual los «efectos restitutorios» vinculados a la nulidad de una cláusula abusiva se limitan a las cantidades indebidamente pagadas tras la sentencia de la resolución judicial que, precisamente, de clara el carácter abusivo de la cláusula.

Cabe decir que esta sentencia se aplicará de forma diferente dependiendo de distintos factores. Según la Asociación General de Consumidores (ASGECO) la mayoría de los clientes con este tipo de cláusulas estarán en alguna de estas situaciones:

1.- Clientes con cláusulas suelo vivas.

· Están pagando sus préstamos con aplicación de la cláusula inicialmente firmada al contratar el préstamo.

· ¿Cómo les afecta?: El TS español ha reconocido la nulidad de estas cláusulas y el TJUE ha dictaminado que tiene derecho a reclamar todas las cantidades abonadas de más como consecuencia de esta nulidad.

2.- Clientes con cláusulas suelo que han negociado con el banco y han firmado un acuerdo renunciando a posibles reclamaciones.

· ¿Cómo les afecta?: El TS español ha reconocido la nulidad de estas cláusulas y el TJUE ha dictaminado que tiene derecho a reclamar todas las cantidades abonadas de más como consecuencia de esta nulidad. Según Asgeco se están produciendo ya numerosas sentencias judiciales que anulan dichos acuerdos.

3.- Clientes con cláusulas suelo con reclamación judicial en curso.

· ¿Cómo les afecta?: Tras el pronunciamiento del TJUE el TS español deberá modificar su criterio respecto de la retroactividad de la devolución de las cantidades indebidamente abonadas y ordenar el pago de la totalidad.

4.- Clientes con préstamos ya vencidos o cancelados. Clientes cuyos préstamos ya se han acabado de pagar, se cambiaron de entidad o se cancelaron por alguna otra razón…

· ¿Cómo les afecta?: Pueden reclamar las cantidades pagadas de más como si las cláusulas suelo nunca hubieran existido aunque el préstamo ya no esté vigente.

EFECTO EN LA BANCA

El TUE ha resuelto con esta sentencia tres casos prejudiciales acumulados, que afectan a Cajasur, BBVA y Banco Popular, después de que un juzgado de Granada y la Audiencia Provincial de Alicante.

En el asunto también estaban personados la Abogacía del Estado, que defendía la sentencia del Supremo y, por tanto, limitar en el tiempo la devolución de las cantidades a los afectados, y la Comisión Europea, cuyos servicios jurídicos consideraban que los bancos deben reintegrar la totalidad de los importes cobrados de más.

De esta forma, las entidades financieras españolas se verán obligadas a devolver hasta 7.600 millones de euros a sus clientes afectados por las cláusula suelo, según un informe del Banco de España elaborado para la causa y que fue expuesto por las partes involucradas en la vista oral que se celebró el 26 de abril.

El impacto mínimo que recoge este informe es de 5.000 millones, pero los cálculos de Goldman Sachs limitan el coste adicional para la banca a 3.000 millones.

Consumidores

Las organizaciones de consumidores españolas han aplaudido la decisión del Tribunal. El presidente de la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), Manuel Pardos, asegura que esta decisión es un «gran triunfo» y ha pedido a las entidades que no tarden en restaurar la legalidad para reponer los daños causados «que son muchos y a muchas personas».

Asimismo, FACUA-Consumidores en Acción advierte de que «seguirá batallando en los tribunales si los bancos se niegan a reembolsar a los usuarios el dinero de forma amistosa”, añadiendo que hoy es un «día histórico para la lucha por los derechos de los consumidores«.

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